- 24 FEB 2012
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- La reformas laborales nunca han influido significativamente sobre el empleo
Las leyes, el paro y el PIB sentencian. Se debe trabajar en otra vía
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Desde la aprobación del Estatuto de los Trabajadores en 1980, los Gobiernos han aprobado 52 reformas laborales. Esto refleja la importancia que siempre le han dado las autoridades españolas al desarrollo del empleo. Tres décadas de legislación y una conclusión: Escasa repercusión.
Las medidas adoptadasSi las reformas se clasifican según la flexibilidad-derechos que permiten en el mercado laboral, son dos las etapas principales en las que se encasillan. La primera se caracteriza por un ascenso en los derechos y un descenso en la flexibilidad, y la segunda significa una pérdida paulatina en los derechos a favor de la flexibilidad.
En abril de 1997 se firmó entre el Gobierno, la Patronal y los Sindicatos el Acuerdo Interconfederal sobre la estabilidad en el empleo. Ello supuso la potenciación de la negociación colectiva y una lucha activa por la durabilidad de los puestos de trabajo. Por ejemplo, se modificó el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores por el que se delimitaban las condiciones del despido por causas objetivas. En ese mismo año también se sacó adelante la Ley 63/1997, de 26 de diciembre, en la que se fomentaba la contración indefinida.
En los dos años siguientes, con el Real Decreto-Ley 15/1998 y la Ley 55/1999, también se estuvo trabajando en esta línea. Se impulsó el empleo de los jóvenes, de los mayores de 45 años y de las mujeres. Para ello, se instauró una nueva modalidad de contrato de carácter indefinido que tenía un coste por despido de 33 días por año trabajado, frente a los 45 existentes en aquel momento.
En 2001 el objetivo fue intentar reducir la contratación temporal, y el Ejecutivo de Aznar lanzó el Real Decreto-Ley 5/2001, de 2 de marzo, que luego se consolidaría con la Ley 12/2001. Estas dos disposiciones legislativas introdujeron modificaciones en la forma, la duración y las modalidades del contrato de trabajo, y un incremento al 36% de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contigencias comunes en los contratos temporales cuya duración efectiva fuera inferior a siete días. Además, esta labor se culminó en el Gobierno del PSOE de Zapatero con la Ley 43/ 2006, en la que se limitó el encadenamiento abusivo de los contratos.
Con la crisis, esta tendencia a la rigidez del mercado laboral y la adquisición de cada vez más derechos de los trabajadores se quebró. En 2010 se comenzó con timidez a aplicar las medidas que flexibilizaran el mercado laboral. Más de tres reformas se impusieron entre 2010 y 2011 hasta llegar a la última: El Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
En todas ellas, en mayor o menor medida, se ha seguido siempre la misma pauta: Abaratar el despido y facilitar las condiciones para la negociación trabajador-empresario.
Los resultados no conseguidosTal y como muestran los gráficos, en ninguna de las reformas laborales se ha logrado con efectividad los objetivos perseguidos.
Las medidas de 2001 y 2006 no han conseguido reducir la brecha entre los contratos temporales y los indefinidos, sino que encima, ésta se ha ido incrementando a lo largo del tiempo.
Evolución de la población asalariada y tasa de temporalidad en España, por sector de actividad, 1987/IIT-2011/IVT (en miles y %). Fuente: Fundación 1º de Mayo.
Respecto a las políticas para el acceso de la mujer al empleo, no se puede afirmar que hayan tenido efecto, pues el aumento del sexo femenino en el mundo laboral se ha producido una década más tarde.
Evolución de la población activa (parada y ocupada por sexos) en España, 1976/IIIT-2011/IVT (en miles). Fundación: 1º de Mayo.
Igual ocurre con las reformas en general, pues el empleo parece tener una correlación más alta con el PIB que con las medidas.
Evolución del PIB y la tasa de empleo en España, 1976-2011 (variación trimestral y media móvil -4 últimos trimestres-, en %). Fuente: Fundación 1º de Mayo
Breve explicación
El desarrollo de la actividad laboral representa un aspecto de vital importancia dentro de la estructura económica, y más aún, si tenemos en cuenta que ésta en España representa un perfil especial: Es intensiva en trabajo.
El mercado laboral español se encuentra de cara con dos problemas básicos: La negociación colectiva y las indeminzaciones por despido.
Si la primera la dejamos en manos de los sindicatos y la patronal nos encontramos con que estos dos agentes sociales dificilmente representan a la totalidad de lo que pretenden. Alrededor del 98% del tejido productivo está compuesto por pequeñas y medianas empresas que necesitan unas condiciones de contratación muy diferentes al de las grandes corporaciones. Es entonces cuando los convenios colectivos se hacen nocivos de cara a afrontar las circunstancias especiales de cada PYME. Por lo tanto, es positivo permitir que éstas se descuelgen de los mismos y que negocien sus condiciones laborales dentro de un marco de reglas ya establecido por el Estatuto de los Trabajadores. En efecto, es un suicidio tanto dejar que unos supuestos representantes encorseten el marco de normas a sus arbitrarios y siempre irreales mandatos, como que se deje absoluta libertad de negociación y el patrono pueda imponer sus condiciones en aras al logro del máximo lucro. En este aspecto, entonces cabe sentenciar que en la actualidad existe una sobreregulación desde arriba y que se debería trabajar para adaptar las condiciones siempre desde los particulares.
Respecto al segundo problema, la indemnización por despidos, también supone un efecto negativo sobre las PYMES y los trabajadores. A las pequeñas y medianas empresas las condena a la quiebra si en una coyuntura se ven obligadas a despedir a algunos empleados, por lo que la tragedia no solo repercute sobre el paro, sino que también lo hace sobre nuestro tejido productivo. En este sentido las grandes organizaciones tienen mayor ventaja pues pueden acogerse con mayor facilidad a los ERES en los que cuentan con ayudas de las autoridades públicas y los agentes sociales. Este hecho también repercute de forma adversa sobre los trabajadores, los discrimina. Crea unos trabajadores de primera, totalmente blindados a las adversidades, y unos trabajadores de segunda, expuestos a la incertidumbre constante. Ello se ve reflejado en la brecha cada vez más grande que existe entre los contratos temporales y los contratos indefinidos.
La conclusión sobre el desarrollo de todo el aparataje de reformas y su escasa repercusión sobre el empleo debe incidir sobre tres aspectos:
1. Nunca se han tomado decisiones contundentes de cara a dinamizar la contratación y el despido, es decir, hacer tan fácil despedir como contratar a un trabajador, para que el paro sea coyuntural y no se enquiste en el largo plazo y además, no se convierta en un drama personal, sino una nueva oportunidad para el individuo y su crecimiento profesional.
2. Siempre se ha favorecido a los sindicatos mayoritarios, a la patronal y a las grandes empresas, cuyo trinomio ha montado un chiringuito con los gobernantes. Liberados sindicales, jugosas subvenciones para todos y convenios hechos a medida para unos pocos, han sido el resultado de toda la plañidera de sujetos.
3. La economía, y la sociedad donde se integra la misma, no es un mecano que funcione de forma autómata. Bien es cierto que se debe crear un marco laboral aceptable, pero el mismo, nunca será el remedio milagroso. En al crecimiento todo suma: La expectativas de los sujetos, la confianza, la seguridad jurídica, la fiscalidad, la burocracia y un largo etcétera de conceptos en los que España, por cierto, suspende en todos. Es por tanto que no se pueden cargar exclusivamente las responsabilidades a las leyes laborales, y sí sería correcto contemplar un sumatorio de factores en su conjunto.
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