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Sanciona por dos años al ciclista español, que dio positivo por clembuterol el 21 de julio de 2010, aunque no considera probado que se dopara. Descarta por “improbable” la teoría de la carne contaminada.
No es inocente, pero ¿es culpable?
“Alguien quiere la muerte del ciclismo”
565 días después de dar positivo por 50 picogramos de clembuterol, Alberto Contador fue sancionado ayer con dos años de sanción por parte del TAS (Tribunal de Arbitraje Deportivo), que aún debe pronunciarse sobre la petición de la Unión Ciclista Internacional (UCI) de imponer al ciclista español una sanción de 2,485 millones de euros.
Atrás queda un tortuoso proceso a través del cual Contador fue exculpado por la Federación Española de Ciclismo para terminar, tras recurrir esta decisión tanto la propia UCI como la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), siendo castigado por la máxima autoridad en derecho deportivo con la más dura sanción contemplada por el reglamento en este caso.
El laudo dado a conocer ayer por los tres jueces del TAS (el israelí Efraim Barack, el alemán Ulrich Haas y el suizo Quentin Byrne-Sutton) considera “improbable” la teoría de la intoxicación alimentaria defendida en todo momento por Alberto Contador, que alega haber consumido una carne procedente de Irún, que le trajo su amigo y director de la Vuelta a Castilla y León, José Luis López Cerrón, durante una etapa del Tour de Francia 2010, que posteriormente ganó, adulterada supuestamente con clembuterol.
Sin probar el dopaje
“Al contrario que en otros países, sobre todo fuera de Europa, España no es conocido por sufrir un problema de contaminación con clembuterol en su carne. Además, no se conocen otros casos de deportistas que hayan dado positivo por clembuterol presuntamente en conexión con consumo de carne española”, reza el auto.
El TAS, con sede en Lausana (Suiza), ha aplicado el reglamento UCI sancionando el positivo por clembuterol de Contador (acaecido el 21 de julio de 2010, mientras competía en el citado Tour de Francia), pese a que reconoce no haber podido probar que el pinteño se dopara. Afirma, sin embargo, que es “responsabilidad del deportista”, según la normativa, controlar qué sustancias ingiere y “demostrar” que no actuó con negligencia. Considera el laudo que Contador es culpable al no haber probado su inocencia tras la presencia de una sustancia prohibida exógena en su organismo. La hipótesis defendida por la UCI y la AMA de que el positivo de Contador estaba probablemente causado por una transfusión sanguínea es considerada también “poco probable”, pero no el posible consumo de un suplemento nutritivo contaminado.
5 de agosto, la fecha
Según la resolución de la más alta instancia de arbitraje deportivo, Contador queda inhabilitado para competir desde el 25 de enero de 2011, aunque debe restarse el periodo de suspensión provisional comprendido entre agosto de 2010 y la citada fecha, luego el pinteño podría volver a las carreteras a partir del 5 de agosto de 2012. Además, el ahora sólo bicampeón del Tour de Francia ha sido desposeído de los títulos y triunfos logrados a partir de esta fecha y de la ronda francesa conquistada en 2010, cuando sucedieron los hechos.
La AMA “aplaude”, según una nota emitida ayer, un fallo del TAS que, según el presidente de la agencia, Johan Fahey, “es una decisión apropiada que respeta la naturaleza del Código Mundial Antidopaje”. La UCI, por su parte, y aunque el TAS confirmó su posición, confesó tener un “sentimiento de no satisfacción por el desenlace de un largo proceso muy doloroso para el ciclismo”.
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3 Comentarios
¿Pero cómo se puede condenar a alguien sin probar que es culpable? No podemos consentir que organismos de este tipo destruyan la vida deportiva de nuestros mejores profesionales. Fuera chupópteros de los despachos.
Es decir. No sabemos si se dopó, o no.No sabemos si fue por la famosa carne, ya que en España no es habitual engordar reses con clembuterol, lo cual no quiere decir que haya o hubiese algo
pero, como es español y ya esta bien de que los ciclistas españoles destaquen y ganen tours y giros etc, nos cebamos con él y le ponemos la máxima sancion posible por una cosa tan pequeña como 5 pg/ml de una cosa que en esas proporciones no puede influir absolutamente nada en el rendimiento de un ciclista.
Creo que el espiritu de la ley es evitar hacer trampas, que los ciclistas se ayuden con ciertas sustancias y a qui no es el caso en absoluto
Han ido a cargárselo.
Es decir. No sabemos si se dopó, o no.No sabemos si fue por la famosa carne, ya que en España no es habitual engordar reses con clembuterol, lo cual no quiere decir que haya o hubiese algo
pero, como es español y ya esta bien de que los ciclistas españoles destaquen y ganen tours y giros etc, nos cebamos con él y le ponemos la máxima sancion posible por una cosa tan pequeña como 5 pg/ml de una cosa que en esas proporciones no puede influir absolutamente nada en el rendimiento de un ciclista.
Creo que el espiritu de la ley es evitar hacer trampas, que los ciclistas se ayuden con ciertas sustancias y a qui no es el caso en absoluto
Han ido a cargárselo.
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