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  • Montoro, Sáenz de Santamaría y Soria tras el Consejo de Ministros.
    Si el déficit sigue al alza
    El Gobierno podría retrasar la edad de jubilación más allá de los 67 años
    Agencias

    El anteproyecto de Ley de Estabilidad Presupuestaria aprobado por el Gobierno el pasado viernes contempla la posibilidad de que el Ejecutivo se plantee la reforma de las pensiones si el déficit sigue el alza. Aunque dicha reforma no entrará en vigor hasta 2013, esta revisión podría suponer un retraso en la edad de jubilación más allá de los 67 años que se acordó establecer de forma gradual hasta 2027, o el adelanto de los plazos.

  • El anteproyecto, en su artículo 22.5, señala que el Gobierno revisará el sistema aplicando “de forma automática el factor de sostenibilidad” previsto para después de 2027, si el déficit sigue subiendo. Más concretamente, en el texto aprobado el viernes se señala que “el Gobierno, en caso de proyectar un déficit en el largo plazo del sistema de pensiones, revisará el sistema aplicando de forma automática el factor de sostenibilidad”. Le ley de las pensiones estableció dicho factor como un elemento de evaluación para las correcciones del sistema y se relacionó con la esperanza de vida.

    Esto supone que el Ejecutivo no esperaría a 2027 para usar el factor de sostenibilidad y podría empezar la reforma mucho antes, teniendo en cuenta la tasa de paro, la situación económica y el déficit de la Seguridad Social.

    En el preámbulo de la ley de pensiones, se establece que “los parámetros fundamentales del sistema”, como la edad de jubilación, se revisarán “por las diferencias entre la evolución de la esperanza de vida a los 67 años de la población en el año en que se efectúe la revisión y la esperanza de vida a los 67 años en 2027”. “Dichas revisiones se efectuarán cada cinco años”, añade.

    Según el artículo 8 de dicha ley, se establece que el objetivo es “mantener la proporcionalidad entre las contribuciones al sistema y las prestaciones esperadas del mismo”, así como “garantizar su sostenibilidad, usando para ello “las previsiones de los organismos oficiales competentes”.

    Entre las otras novedades que plantea el anteproyecto de Ley de Estabilidad Presupuestaria, se plantea la que sea el Gobierno quien proponga “para cada una de las comunidades autónomas” los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública. A continuación, tras pasar por el Consejo de Política Fiscal y Financiera, se fijarán los objetivos “para todas y cada una de ellas”. Esto significa que ya no habrá un objetivo común para todas, sino que pasará a ser individual. La media entre las comunidades será el objetivo general.

    Además, las autonomías y los ayuntamientos de ciudades con más de 20.000 habitantes deberán presentar sus cuentas en términos de contabilidad nacional. Los presupuestos y las políticas económicas se elaborarán con vistas a tres años. Además, las comunidades autónomas deberán informar mensualmente de sus liquidaciones presupuestarias. Los Ayuntamientos lo harán de forma trimestral.

    El Ejecutivo podrá llevar al Constitucional las leyes o “actos con fuerza de ley” que incumplan el principio de estabilidad. Asimismo, las regiones que suban impuestos que se traduzcan en “aumentos permanentes de la recaudación” podrán aumentar en la cuantía equivalente el nivel de gasto que se computa en la regla de gasto. Las autonomías deberán fijar un objetivo de estabilidad y un techo de gasto. La nueva ley, además, da poder Hacienda para enviar un equipo de técnicos a la administración incumplidora y la revisen a fondo para obtener información y plantear medidas.

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